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domingo, 23 de septiembre de 2018
Reglamento Nacional de Edificaciones
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jueves, 29 de septiembre de 2011
Incendios por cortocircuito

Es preocupante que sucedan incendios continuamente debido a fallas en las instalaciones eléctricas, debido a malas prácticas, cortocircuitos, falta de mantenimiento y otros factores, como exceso de humedad en épocas de invierno. En todas las situaciones, es necesario tomar las medidas de seguridad pertinentes a fin de evitar pérdidas materiales y, principalmente, pérdidas humanas.
La legislación peruana cuenta con el Código Nacional de Electricidad, el cual contempla las medidas de prevención contra choques eléctricos e incendios, así como las medidas apropiadas para la instalación, operación y mantenimiento de instalaciones eléctricas. Si bien no es un compendio de especificaciones para proyectos, ni un manual de instrucciones, se trata de una norma legal que se debe tomar en cuenta obligatoriamente ya que establece las reglas preventivas para salvaguardar las condiciones de seguridad de las personas, de la vida animal y vegetal, y de la propiedad, frente a los peligros derivados del uso de la electricidad.
Lamentablemente hoy en día existen abundan muchos “técnicos” no realizan un trabajo a conciencia, porque en su gran mayoría desconocen que cumpliendo con las reglas del CNE, utilizando materiales y equipos eléctricos aprobados o certificados y efectuando la instalación, operación y mantenimiento apropiados, con personal calificado y con experiencia, se logrará una instalación básicamente segura.
Algunas recomendaciones para evitar incendios por cortocircuitos:
- Revisar periódicamente el estado de las instalaciones eléctricas.
- Utilizar interruptores tipo termomagnético, en reemplazo de las llaves tipo cuchilla o de palanca.
- Utilizar interruptores diferenciales que sean de garantía.
- Utilizar alambres o cables tipo TW o THW en reemplazo de los cables “mellizos”. Los cables deben ser del calibre apropiado, según la carga eléctrica con la que van a trabajar.
- Si es necesario realizar algún empalme, no debe haber falso contacto y debe ser aislado correctamente con cinta aislante de buena calidad.
- Los cables que no se instalarán de manera empotrada, deben ser colocados dentro de canaletas o tuberías visibles.
- Evitar el uso de adaptadores y extensiones.
- Utilizar equipos detectores de humo, pues detectan la presencia de humo en el aire y emite un sonido avisando del peligro de incendio.
- No realizar instalaciones “provisionales”.
- Y, sobre todo, contratar técnicos calificados. Aunque “lo barato sale caro”, no se puede calificar como un mal técnico al que cobra cómodo, porque muchos cobran caro y trabajan mal.
Para finalizar
En un incendio no sólo perdemos nuestros bienes materiales, sino que sufrimos lesiones personales y hasta la pérdida de algún ser querido. Todo esto por descuido o por no darle la importancia que tiene el sistema eléctrico en el hogar o el trabajo.
Realizando un mantenimiento periódico, utilizando materiales de garantía, tomando atención a las recomendaciones de los fabricantes, y acudiendo siempre a personal capacitado, podemos evitar daños irreparables.
Si desea nuestros servicios, puede comunicarse al 972-664611 (Movistar) o vía e-mail a david.rodriguez.29abr@hotmail.com
sábado, 22 de mayo de 2010
Código Nacional de Electricidad - Utilización
La Dirección de Normas Eléctricas de la Dirección General de Electricidad del Ministerio de Energía y Minas consideró la necesidad de revisar y actualizar el Código Nacional de Electricidad – Utilización, norma de alcance nacional, pues debía estar acorde a las disposiciones legales vigentes, los cambios tecnológicos desarrollados, la nueva estructura del subsector electricidad y la nueva edición del Código Nacional de Electricidad – Suministro, que está en vigencia desde el año 2002.
SU FINALIDAD
La finalidad de este Código es establecer las reglas preventivas para salvaguardar las condiciones de seguridad de las personas, de la vida animal y vegetal, y de la propiedad, frente a los peligros derivados del uso de la electricidad; así como la preservación del ambiente y la protección del Patrimonio Cultural de la Nación.
También contempla las medidas de prevención contra choques eléctricos e incendios, así como las medidas apropiadas para la instalación, operación y mantenimiento de instalaciones eléctricas. No fue destinado a ser un compendio de especificaciones para proyectos, ni un manual de instrucciones.
Si se toman en cuenta las reglas del Código, si se utilizan materiales y equipos eléctricos aprobados o certificados y efectuando las instalaciones, operaciones y mantenimiento apropiados, con personal capacitado e idóneo, se logrará una instalación eléctrica segura.
ES OBLIGATORIO
Toda persona natural o jurídica que realice trabajos o actividades en general, que estén relacionadas con las instalaciones eléctricas, de sistemas de utilización, definitivas, de emergencia, así como las instalaciones de carácter temporal, están obligadas a cumplir con el Código Nacional de Electricidad; y es también de cumplimiento obligatorio en todos los proyectos y ejecución de nuevas instalaciones eléctricas, modificaciones, renovaciones y ampliaciones en edificios, estructuras, predios y en general toda edificación destinada a vivienda, comercio, industria, recreación o servicios, inclusive las estructuras prefabricadas sean o no desmontables, que se efectúen a partir de su entrada en vigencia, o sea, desde el 1° de Julio de 2006.
LAS INSPECCIONES
De acuerdo al CNE, la autoridad competente realizará inspecciones periódicas en las instalaciones eléctricas.
Se inspeccionarán, como mínimo, una (01) vez al año:
- Los locales de pública concurrencia para espectáculos y actividades recreativas, tales como por ejemplo: cines, teatros, auditorios, estadios, pabellones deportivos, hipódromos, parques de atracciones y ferias, salas de fiesta, discotecas, salas de juegos de azar y similares;
- Los locales de pública concurrencia para reuniones y trabajo, como por ejemplo: templos, museos, salas de conferencias y congresos, bares, cafeterías, restaurantes, establecimientos comerciales, centros comerciales, mercados, etc.;
- Los establecimientos industriales en general;
- Los hoteles, hostales y similares;
- Los hospitales, clínicas y similares;
- Las bibliotecas, colegios, universidades, locales institucionales y similares;
- Los locales con riesgo de incendio o explosión;
- Los locales mojados, piscinas y similares;
- Otros que la Autoridad competente, considere necesarios.
Se inspeccionarán cada dos (02) años:
- Los locales comerciales, de oficinas y otros similares, que no son de pública concurrencia, incluyendo las instalaciones de servicios generales.
Se inspeccionarán cada cinco (05) años:
- Las instalaciones eléctricas en edificaciones para vivienda unifamiliares o multifamiliares y los equipos eléctricos de servicios generales, tales como ascensores, electrobombas, iluminación de pasillos, corredores y escaleras, iluminación de emergencia y otros.
LAS SANCIONES
La autoridad competente, de acuerdo a su legislación, sancionará las infracciones al Código Nacional de Electricidad.
